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Habrían incurrido Chema Martínez y Tomás Figueroa en delitos, con dictamen IEPCJ pro Faviola Martínez

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Habrían incurrido Chema Martínez y Tomás Figueroa en delitos, con dictamen IEPCJ pro Faviola Martínez

Por Iván García Medina
 
La compraventa de favores –Diego Petersen, Informador 13 de julio- en que incurrieron por un lado los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPCJ), y el senador electo panista José María Martínez Martínez, por el otro, al cambiar de último minuto un dictamen con el que despojaron de su curul ganada legítimamente al panista Alberto Esquer, para asignarla, mediante acuerdos absurdos y penados por la ley, a Faviola Martínez Martínez, hermana de éste, sería probablemente constitutiva de delitos.
De acuerdo con el “Código Penal Federal, Capítulo IX, Tráfico de Influencia”, en su Artículo 221, “Comete el delito de tráfico de influencia:
“I.- El servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, y
“II.- Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior.

“III.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia la primera fracción del artículo 220 de este Código.

“Al que cometa el delito de tráfico de influencia, se le impondrán de dos años a seis años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a seis años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.

En tanto, el Código Penal de Jalisco en su “Capítulo VIII “Desvío y Aprovechamiento Indebido de Atribuciones y Facultades”se establece: “Artículo 152. Comete este delito el servidor público que, indebidamente:
“…VII. Otorgue por sí o por interpósita persona, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, deducciones o subsidios; efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico (sic) en beneficio propio, de su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad (sic) o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos (sic), económicos o dependencia directa (sic), socios o a sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte; y”.

Algunas pruebas son: José María Martínez reconoció participar en el proceso de selección de los actuales consejeros del IEPCJ; dos horas antes de discutir el dictamen, según confirmó el Consejero Juan Alcalá, en el noveno lugar aparecía quien efectivamente ganó la curul, Alberto Esquer; minutos antes de la discusión, el Consejero Víctor Hugo Bernal propone incluir el género en el dictamen y que sea favorecida Faviola Martínez Martínez, hermana de su elector en el Congreso del Estado; los compañeros Consejeros de Bernal lo aprueban pero él ahora lo rechaza.

No se necesita ser un adivino para entender que a Bernal le cobraron el favor orillándolo a hacer la propuesta de última hora que por supuesto no existía en la mente de los consejeros y provino de alguien extraño al IEPCJ; que Bernal lo hizo contra su voluntad, porque enseguida se rehusó a aprobarla.
La historia de estos hechos probablemente constitutivos de delitos, además de separación del cargo, la escribió el 13 de julio Diego petersen en El Informador, con este trabajo:


“Viernes, 13 Julio 2012 por Diego Petersen
“Con la novedad que la equidad de género mata voto y que la interpretación de un tratado internacional está por encima del derecho de los jaliscienses a elegir a nuestros gobernantes. Al menos ésa es la interpretación que sostuvo ayer en la rueda de prensa el presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado de Jalisco (IEPC), Tomás Figueroa. La interpretación jurídica es insostenible, casi irrisoria de tan forzada, y sin embargo la mantienen como si fuera un gran virtud, cuando todo indica que en realidad se trata de una acuerdo político demasiado burdo, un pago de favores al ex diputado que “destrabó” la elección del actual Consejo, José María Martínez.

“La historia es más o menos así. Los técnicos del instituto, que es un grupo muy sólido, hicieron los cálculos, nada sencillos, del reparto de diputaciones plurinominales, y presentaron el dictamen. Lo que les llegó a los consejeros dos horas antes de la elección fue una lista donde el candidato del PAN por el distrito XIX, Alberto Esquer Gutiérrez, quien obtuvo 33.04% de la votación, aparecía como el noveno diputado del PAN, tercero en el orden del llamado repechaje. Minutos antes de la sesión del domingo, el consejero Víctor Hugo Bernal dice que hay que considerar el tema de género y propone esta rebuscada interpretación de tratados internacionales que fue lo que ayer trató de defender, de forma bastante patética, el consejero presidente. El dictamen se cambió de último minuto y se puso en noveno lugar del PAN a la candidata Faviola Martínez, pasándose por el arco del triunfo el Código que es perfectamente explícito: artículo 17.1: “Los diputados que correspondan a cada partido conforme al principio de representación proporcional serán asignados alternativamente, dos entre los candidatos registrados en la lista de representación proporcional y uno de los candidatos de cada partido político no electo bajo el principio de mayoría relativa que hayan obtenido los porcentajes mayores de votación válida distrital, iniciando por la más alta”. Tan fue así que no alcanzaron a avisarle ni al jefe de prensa, quien circuló la primera versión del dictamen, y al menos uno de los consejeros, Juan Alcalá, sostiene que no hubo acuerdo formal para cambiarlo. Para colmo, quien propuso el nuevo dictamen, el consejero Bernal, fue el único que votó en contra.

“No se entiende qué buscan los consejeros con esta interpretación que sólo ellos comparten (todos los expertos consultados coinciden en que lo que hicieron no tiene pies ni cabeza), salvo beneficiar de manera arbitraria a una persona específica amparados en un falso discurso de equidad de género.

“Lo que no se vale es, primero, que comprometan el trabajo de 20 consejos distritales y 125 municipales, de tres mil funcionarios profesionales del Instituto Electoral y sobre todo el de más de 32 mil funcionarios de casilla que cuidaron y contaron los votos uno por uno; y segundo, que tomen una decisión que los electores no tomamos”.

¿Así o más podridos? 

@ivangarme
 

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Habrían incurrido Chema Martínez y Tomás Figueroa en delitos, con dictamen IEPCJ pro Faviola Martínez
Iván García Medina
 
La compraventa de favores –Diego Petersen, Informador 13 de julio- en que incurrieron por un lado los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPCJ), y el senador electo panista José María Martínez Martínez, por el otro, al cambiar de último minuto un dictamen con el que despojaron de su curul ganada legítimamente al panista Alberto Esquer, para asignarla, mediante acuerdos absurdos y penados por la ley, a Faviola Martínez Martínez, hermana de éste, sería probablemente constitutiva de delitos.

De acuerdo con el “Código Penal Federal, Capítulo IX, Tráfico de Influencia”, en su Artículo 221, “Comete el delito de tráfico de influencia:
“I.- El servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, y
“II.- Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior.

“III.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia la primera fracción del artículo 220 de este Código.

“Al que cometa el delito de tráfico de influencia, se le impondrán de dos años a seis años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a seis años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”.

En tanto, el Código Penal de Jalisco en su “Capítulo VIII “Desvío y Aprovechamiento Indebido de Atribuciones y Facultades”se establece: “Artículo 152. Comete este delito el servidor público que, indebidamente:
“…VII. Otorgue por sí o por interpósita persona, en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, deducciones o subsidios; efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico (sic) en beneficio propio, de su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad (sic) o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos (sic), económicos o dependencia directa (sic), socios o a sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte; y”.

Algunas pruebas son: José María Martínez reconoció participar en el proceso de selección de los actuales consejeros del IEPCJ; dos horas antes de discutir el dictamen, según confirmó el Consejero Juan Alcalá, en el noveno lugar aparecía quien efectivamente ganó la curul, Alberto Esquer; minutos antes de la discusión, el Consejero Víctor Hugo Bernal propone incluir el género en el dictamen y que sea favorecida Faviola Martínez Martínez, hermana de su elector en el Congreso del Estado; los compañeros Consejeros de Bernal lo aprueban pero él ahora lo rechaza.

No se necesita ser un adivino para entender que a Bernal le cobraron el favor orillándolo a hacer la propuesta de última hora que por supuesto no existía en la mente de los consejeros y provino de alguien extraño al IEPCJ; que Bernal lo hizo contra su voluntad, porque enseguida se rehusó a aprobarla.
La historia de estos hechos probablemente constitutivos de delitos, además de separación del cargo, la escribió el 13 de julio Diego petersen en El Informador, con este trabajo:

“Viernes, 13 Julio 2012 por Diego Petersen
“Con la novedad que la equidad de género mata voto y que la interpretación de un tratado internacional está por encima del derecho de los jaliscienses a elegir a nuestros gobernantes. Al menos ésa es la interpretación que sostuvo ayer en la rueda de prensa el presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado de Jalisco (IEPC), Tomás Figueroa. La interpretación jurídica es insostenible, casi irrisoria de tan forzada, y sin embargo la mantienen como si fuera un gran virtud, cuando todo indica que en realidad se trata de una acuerdo político demasiado burdo, un pago de favores al ex diputado que “destrabó” la elección del actual Consejo, José María Martínez.

“La historia es más o menos así. Los técnicos del instituto, que es un grupo muy sólido, hicieron los cálculos, nada sencillos, del reparto de diputaciones plurinominales, y presentaron el dictamen. Lo que les llegó a los consejeros dos horas antes de la elección fue una lista donde el candidato del PAN por el distrito XIX, Alberto Esquer Gutiérrez, quien obtuvo 33.04% de la votación, aparecía como el noveno diputado del PAN, tercero en el orden del llamado repechaje.

Minutos antes de la sesión del domingo, el consejero Víctor Hugo Bernal dice que hay que considerar el tema de género y propone esta rebuscada interpretación de tratados internacionales que fue lo que ayer trató de defender, de forma bastante patética, el consejero presidente. El dictamen se cambió de último minuto y se puso en noveno lugar del PAN a la candidata Faviola Martínez, pasándose por el arco del triunfo el Código que es perfectamente explícito: artículo 17.1: “Los diputados que correspondan a cada partido conforme al principio de representación proporcional serán asignados alternativamente, dos entre los candidatos registrados en la lista de representación proporcional y uno de los candidatos de cada partido político no electo bajo el principio de mayoría relativa que hayan obtenido los porcentajes mayores de votación válida distrital, iniciando por la más alta”.

Tan fue así que no alcanzaron a avisarle ni al jefe de prensa, quien circuló la primera versión del dictamen, y al menos uno de los consejeros, Juan Alcalá, sostiene que no hubo acuerdo formal para cambiarlo. Para colmo, quien propuso el nuevo dictamen, el consejero Bernal, fue el único que votó en contra.

“No se entiende qué buscan los consejeros con esta interpretación que sólo ellos comparten (todos los expertos consultados coinciden en que lo que hicieron no tiene pies ni cabeza), salvo beneficiar de manera arbitraria a una persona específica amparados en un falso discurso de equidad de género.
“Lo que no se vale es, primero, que comprometan el trabajo de 20 consejos distritales y 125 municipales, de tres mil funcionarios profesionales del Instituto Electoral y sobre todo el de más de 32 mil funcionarios de casilla que cuidaron y contaron los votos uno por uno; y segundo, que tomen una decisión que los electores no tomamos”.

¿Así o más podridos?

@ivangarme

1 comentario

  • Tapatia

    El PAN se pelea mucho internamente, pero a pesar de esto se le deben reconocer sus triunfos, como en Guadalajara que se le robó la elección de la forma más vil. Queremos nuevas elecciones como se ve en el video http://bit.ly/ND4WkT

    Tapatia Martes, 17 Julio 2012 14:04 Enlace al Comentario

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